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MISSÃO VISÃO E VALORES

Imigración de Negocios

Crosara Law es una oficina de inmigración dirigida por la abogada Sejana Crosara.
Hay una variedad de visas de negocios para usted que planea venir a los EE. UU. para este propósito.
Para que podamos saber qué visa se adapta mejor a tu situación particular, será necesario evaluar cuidadosamente tu CV, tus habilidades, así como varios otros factores, como tu país de origen, etc. Esta evaluación nos permitirá brindar la orientación adecuada para la visa que se ajuste al perfil de cada cliente.
La consulta con la abogada es la oportunidad para que el cliente despeje todas sus dudas y sea orientado en cuanto a sus posibilidades de visado.
A continuación se muestran algunos ejemplos:
 
Visas Basadas en Empleo

Anualmente son disponibilizados más de 100 mil visas de inmigrantes basadas en el empleo para candidatos calificados de acuerdo con las disposiciones de la ley de inmigración Americana.
Las visas de inmigración basadas en el empleo se dividen en cinco categorías de preferencia. Estas visas se pueden extender a cónyuges e hijos menores de 21 años.

Primera Preferencia EB-1: Esta preferencia permite a los extranjeros de aptitud extraordinaria, profesores o investigadores destacados, o ejecutivos o gerentes de una empresa multinacional solicitar una visa en esta categoría. Cada categoría tiene ciertos requisitos que se deben cumplir.

Segunda Preferencia EB-2: Un candidato de Segunda Preferencia generalmente debe tener un certificado de trabajo (Labor Certification) aprobado por el Departamento de Trabajo Americano.

Se requiere una oferta de empleo por parte de un empleador estadounidense que debe presentar una Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140, en nombre del solicitante.

Los solicitantes pueden solicitar una exención de oferta de trabajo y certificación de trabajo, conocida como Exención de Interés Nacional (National Interest Waiver), si la exención es de interés para los Estados Unidos y que venga a beneficiar a la nación. En ese caso, el solicitante puede solicitar en su propio nombre (sin la oferta de trabajo) rellenando la Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140, junto con evidencia de interés nacional.

Existen dos subgrupos en esta categoría:

Profesionales con título avanzado (que puede ser maestría o doctorado) o licenciatura y al menos cinco años de experiencia progresiva en la profesión.

Personas con habilidades excepcionales en las ciencias, las artes o los negocios. Habilidad excepcional significa tener un grado de especialización significativamente más alto que el que normalmente se encuentra en las ciencias, las artes o los negocios.

Cada categoría tiene ciertos requisitos que se deben cumplir.

Tercera Preferencia EB-3: Un solicitante de tercera preferencia debe tener una Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero aprobada, Formulario I-140, presentada por el posible empleador. Todos estos trabajadores generalmente requieren una certificación de trabajo permanente y de tiempo completo aprobada por el Departamento de Trabajo.
Cada categoría tiene ciertos requisitos que se deben cumplir.
Hay tres subgrupos en esta categoría:
Trabajadores calificados: Son personas cuyos trabajos requieren un mínimo de 2 años de capacitación o experiencia laboral que no sea temporal o estacional. 

Profesionales: Estos son miembros de profesiones cuyos trabajos requieren al menos una licenciatura de una universidad o colegio de los EE. UU. o su título equivalente en el extranjero. 
Trabajadores no calificados (otros trabajadores): Son personas capaces de ocupar puestos que requieren menos de dos años de capacitación o experiencia que no sea de carácter temporal o estacional. 

Cuarta Preferencia EB-4: Son visas para los llamados inmigrantes especiales. Se consideran inmigrantes especiales: 
• Trabajadores religiosos 
• Jóvenes inmigrantes especiales 
• Ciertos representantes de los medios 
• Ciertos oficiales retirados o empleados de una organización internacional G-4 o empleados civiles de la OTAN-6 y sus familias
• Ciertos empleados del gobierno de EE. UU. que son ciudadanos extranjeros y sus familiares
• Miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos
• Empleados de la Compañía del Canal de Panamá o funcionarios gubernamentales en el Canal de Panamá
• Ciertos médicos licenciados y en actividad en un estado de EE. UU. el 9 de enero de 1978
• Traductores o intérpretes iraquíes o afganos
• Iraquíes que han sido empleados por o en nombre del gobierno de EE.UU.
• Afganos empleados por el gobierno de EE. UU. o la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad (ISAF).

Para presentar una solicitud como inmigrante de cuarta preferencia basado en el empleo, el empleador (según la clasificación) debe presentar un Formulario I-360, Petición para amerasiático, viuda(o) o Inmigrante Especial.

Quinta Preferencia EB-5: Inversionistas Inmigrantes. Este programa fue creado para estimular la economía estadounidense a través de la creación de empleo y la inversión de capital por parte de inversionistas extranjeros. El programa requiere una inversión mínima de $500,000 para calificar y se deben cumplir ciertos criterios.

VISAS DE TRANSFERENCIA PARA EJECUTIVOS Y GERENTES L Visa y EB1C
 
Existen algunas visas que contemplan el traslado de ejecutivos y gerentes de una sucursal en un país extranjero a la sucursal estadounidense, o en ocasiones la apertura de una nueva sucursal en Estados Unidos.

Visas E-1 y E-2 para comerciantes e inversionistas

Las visas E1 y E2 son dos de varias categorías de visas de trabajo temporales emitidas por el USCIS. La visa E1 es para 'Comerciantes de Tratados' y la visa E2 es para 'Inversores de Tratados'. Los titulares de la visa E1 pueden mudarse a los Estados Unidos temporalmente para realizar sus actividades comerciales y los titulares de la visa E2 con fines de inversión. Tratado, en este sentido, se refiere al tratado que Estados Unidos tiene con varios países, siendo el principal objetivo promover el comercio entre Estados Unidos y otros países.


* https://www.uscis.gov/green-card/green-card-eligibility/green-card-for-employment-based-immigrants
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